
UGT recuerda que todos trabajadores afectados que no puedan acudir a su centro de trabajo debido al apagón tienen derecho a un permiso retribuido

Ante la situación de excepcionalidad generada por el apagón eléctrico que afecta a todo el país, desde la UGT se recuerda que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.3. del Estatuto de los Trabajadores, las personas trabajadoras que se vean imposibilitadas de acudir a su puesto de trabajo estarán en situación de permiso retribuido.
La redacción vigente de dicho artículo, introducida por el apartado uno de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, establece: “Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, sin perjuicio de la posibilidad de la empresa de aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor en los términos previstos en el artículo 47.6. Cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, la empresa podrá establecerlo, observando el resto de las obligaciones formales y materiales recogidas en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, y, en particular, el suministro de medios, equipos y herramientas adecuados”.
Por tanto, según un comunicado, todas las personas trabajadoras afectadas que no puedan acudir a su centro de trabajo debido al apagón tienen derecho a un permiso retribuido conforme a esta regulación, sin perjuicio de que, si es posible técnicamente y de mutuo acuerdo, puedan prestar servicios mediante teletrabajo en las condiciones legalmente establecidas.
Por último, desde UGT se reclama el pleno respeto a los derechos laborales y se apela a la responsabilidad empresarial en un momento de evidente fuerza mayor que debe ser gestionado con sensibilidad y conforme a la legalidad vigente.



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