La Junta declara la situación de alerta por riesgo de incendios forestales en la Comunidad del 20 al 23 de junio

La Consejería de Medio Ambiente y Energía aplica restricciones severas tras publicarse la resolución regulatoria que veta el encendido de fuego en montes, áreas recreativas y zonas perimetrales de los núcleos rurales.
CyL19 de junio de 2026RMLRML

RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES

La administración autonómica ha determinado la entrada en vigor de la situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales en todo el territorio de Castilla y León. La medida excepcional surtirá efecto durante las jornadas del 20, 21, 22 y 23 de junio. La activación de este protocolo responde de forma directa a la llegada inminente de una masa de aire de origen sahariano, un fenómeno atmosférico que provocará un incremento notable de las temperaturas máximas, el desarrollo de tormentas con aparato eléctrico y un descenso acusado de los valores de humedad relativa en el mapa autonómico.

La resolución administrativa prohíbe taxativamente encender fuego en los montes y en cualquier tipo de espacio abierto expuesto a la vegetación. El veto normativo se extiende de igual manera a la totalidad de las zonas recreativas, parajes de acampada y áreas de descanso habilitadas en la red de espacios naturales, quedando anulados temporalmente los permisos de uso en los fogones y barbacoas fijas construidas en estos puntos.

La ordenanza suspende de forma automática todas las autorizaciones previas concedidas por la administración para la realización de quemas o actividades relacionadas con el fuego. Queda prohibida la utilización de cualquier clase de material pirotécnico, lo que implica la cancelación de los permisos para el lanzamiento de cohetes, artefactos voladores o espectáculos que contengan fuego activo. Las restricciones se aplican tanto a particulares como a entidades organizadoras de eventos públicos en los municipios de la Comunidad.

La normativa establece asimismo limitaciones estrictas respecto al uso de maquinaria pesada y herramientas de carácter industrial. La prohibición afecta al terreno forestal y a una franja de seguridad perimetral de 400 metros que circunda las masas arboladas. En todo este sector queda vetado el manejo de equipos tecnológicos cuyo funcionamiento habitual sea susceptible de generar fuego, deflagraciones, chispas o descargas eléctricas directas. Los servicios de inspección incidirán en la vigilancia sobre trabajos que requieran el empleo de sopletes, soldadores o radiales, obligando al cese de la actividad mecánica hasta que finalice el periodo de alerta meteorológica.

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