
Algunas recomendaciones si hoy resultas premiado en el Sorteo de Navidad de la Lotería Nacional

* En primer lugar, se debe conocer que el plazo para cobrar un premio de la Lotería Nacional es de tres meses a partir del día siguiente al sorteo, no pudiendo ser acortado este plazo por entidades que pudieran haber emitido participaciones. Cualquier indicación en las participaciones restringiendo el plazo de cobro a menos de esos tres meses debe entenderse como abusiva.
* Para cobrar un premio hay que esperar hasta las seis de la tarde del día del Sorteo y las administraciones de lotería solo están obligadas a pagar en efectivo cantidades de hasta 2.500 euros. Si el premio es superior tendrá que acudir a entidades financieras concertadas.
* Sepa que los premios superiores a 40.000 euros por décimo tendrán una retención tributaria del 20%, que será prorrateada en el caso de participaciones en la proporción correspondiente a su valor nominal.
* También recordamos que es ilegal, y puede resultar peligroso para sus intereses, la reventa de billetes premiados, ya que puede contribuir al blanqueo de dinero negro y puede ser considerada como una infracción tributaria penalizada con importantes sanciones.
* El cobro de un premio no tiene coste si se solicita en administraciones o delegaciones de Loterías y Apuestas del Estado o en alguna de las entidades colaboradoras de Loterías y Apuestas del Estado. En cambio, en las entidades no colaboradoras, los trámites para el cobro pueden suponer gastos de gestión. Así, conviene estar informados previamente sobre este aspecto en el caso de que vayamos a depositar nuestros décimos premiados en una entidad financiera.
* Otra cuestión relacionada con el cobro de los premios a través de entidades financieras es la actuación de agentes comerciales que pueden ponerse demasiado insistentes para que depositemos nuestro premio en su entidad. A este respecto conviene no precipitarse y comparar diferentes opciones de forma detallada. Tampoco está de más el asesoramiento externo profesional en esta materia.
* En el caso que sea un premio compartido hay dos opciones: o acudir a un notario para que levante acta del premio compartido o bien, en la propia entidad financiera que vaya a realizar el cobro, que quede constancia de todos los agraciados con su dni. Si no lo hacemos y repartimos el premio posteriormente estaríamos hablando de una donación para Hacienda y, por tanto, se estaría tributando de manera doble.
* Finalmente, la entidad que haya emitido participaciones de un número deberá responsabilizarse de los pagos proporcionales íntegros en caso de que haya resultado premiado, con independencia de que haya podido haber errores en el cálculo en el número de participaciones realizadas.


Las estaciones de esquí de León registran más de 2.000 usuarios durante el fin de semana

El cineasta leonés Luis Ángel Mendaña obtiene el premio al mejor corto infantil en San Sebastián

Investigan a tres personas por estafar 240.000 euros a empresas mediante el fraude del correo corporativo

Organizaciones ferroviarias exigen la dimisión del comisionado del Corredor Atlántico

El hostelero José Javier Plaza recibe el premio Pulchra Leonina en Sevilla

La Junta autoriza a 92 establecimientos de Castilla y León para organizar el juego de las chapas esta Semana Santa

Los aeropuertos de Castilla y León inician la temporada de verano con vuelos a siete destinos de sol y playa

Declarado nivel 1 de gravedad en un incendio forestal intencionado en Lomba

La Universidad de León impulsa la oratoria y el pensamiento crítico en su Liga de Debate


