Mañana comienza la Campaña de la RENTA 2022. Te explicamos las novedades fundamentales

A partir de este marte la Agencia Tributaria permite realizar la declaración de la renta del 2022. Como es habitual cada campaña viene con novedades que te explicamos a continuación.

Provincia 10 de abril de 2023 RML
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OFICINA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA - EUROPA PRESS

Este trámite de cada año se mantendrá en su periodo voluntario hasta el 30 de junio y entre otros incluye novedades como el cobro a través de BIZUM por un importe superior a 10.000 € anuales, la obligación de informar sobre los alquileres turísticos y la ampliación de las deducciones por maternidad. También los planes de pensiones y las aportaciones individuales que se pueden deducir bajan hasta los 1.500 €. Los beneficiarios del ingreso mínimo vital están obligados a presentar la declaración y haber recibido el cheque de 200 € por rentas bajas o el bono de alquiler joven, también son cuestiones a tener en cuenta. Al igual que ya era obligatorio el año pasado, hay que notificar las operaciones que se hayan realizado en criptomonedas.

En lo que respecta a los cobros mediante BIZUM, los envíos ocasionales por un importe inferior a los 10.000 € no se han de declarar. Habrá que hacerlo cuando superen esta cifra, cuando sean los ingresos de un autónomo como pago de sus servicios o cuando sean por rendimientos como los alquileres, por ejemplo, si tienes discos viejos y los vendemos poco a poco. Esto puede representar una actividad económica si se prolonga en el tiempo y las cantidades que percibimos son importantes. En definitiva, el Fisco considera que BIZUM es una forma de pagar y comercializar productos de segunda mano, una actividad económica si esta práctica supera el salario mínimo profesional y por lo tanto Hacienda lo puede considerar una actividad económica sujeta a tributación.

Este año, también se establece la obligación de informar sobre la cesión de viviendas con finalidad turística, es decir, alquiladas por días. Se trata de un elemento que en ejercicios anteriores ya se tenía que consignar, pero que a partir de 2020 se anuló por una sentencia de Tribunal Supremo.

Entre las deducciones el cambio más notorio es que se extiende el ámbito de aplicación de la deducción por maternidad. Este año, también podrán aplicarlo las mujeres que se encuentren en expedientes de regulación temporal de empleo, fijas discontinuas que no estén trabajando o autónomas por cese de la actividad. Esta deducción se puede aplicar de forma retroactiva para el 2020, 21 y 22 y existirán unas casillas específicas según han avanzado los gestores administrativos.

Al respecto de las deducciones fiscales de los planes de pensiones, la cantidad se reduce hasta los 1.500 €. El año pasado eran 2.000 €. Se podrán complementar con aportaciones a planes de empresas, que en este caso el derecho de deducción sube hasta los 8.500 €.

Para el caso de los autónomos que tributan por módulos, la deducción del rendimiento neto sube del 5 al 15%.

También habrá deducciones por la inversión en vivienda habitual adquirida ante del 1 de enero de 2013, alquiler de vivienda habitual (con contrato de alquiler anterior al 1 de enero de 2015), inversión en empresas de nueva creación, obras de rehabilitación energética que en el caso de edificios tendrán que disponer de un certificado de eficiencia energético o cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, federaciones, sindicatos o colegios profesionales, entre otros.

Esta campaña también presenta novedades para los beneficiarios del cheque de 200 euros que puso en marcha el gobierno para ayudar a las rentas bajas a afrontar la inflación. Estas ayudas, al igual que el bono de alquiler joven o el bono cultural, se consideran ganancias patrimoniales y solo se tendrán que declarar si en conjunto superan los 1.000 €.

Los beneficiarios del ingreso mínimo vital están obligados a presentar declaración de la renta. Hacienda quiere controlar la cantidad que cobran por continuar recibiendo esta ayuda.

En lo que se refiere a las criptomonedas, es obligatorio declarar las operaciones que se efectúen tanto de ganancias como en pérdidas o si se intercambian. Tributan como ganancia patrimonial.

En relación con los expedientes de regulación temporal de empleo, que durante 2022 todavía se arrastraban desde la pandemia, los afectados que tan solo recibieran ingresos procedentes de un expediente de regulación temporal tendrán que declarar si recibieron más de 22.000€. Los que hayan tenido más de un pagador, el SEPE, tanto si es por un ERTO como por el PARO, figura como otro pagador, han de realizar la renta si han recibido más de 14.000€, siempre que la suma del segundo o más pagadores sea por una cuantían superior a 1.500 €

A la hora de realizar la declaración por Internet, se recomienda que antes de consultar el borrador de la declaración, se mire el informe fiscal en la misma página de la Agencia Tributaria. Al parecer, en este documento los datos son más comprensibles y se puede revisar. En el caso de que lo que aparezca no sea correcto, será necesario modificarlo dentro del mismo aplicativo.

Cerca de 22 millones de contribuyentes en España están obligados a presentar la declaración. Podrán hacerlo por Internet desde este martes 11 de abril a través de la página web de la AGENCIA TRIBUTARIA. Por teléfono habrá que esperar al 3 de mayo y presencialmente será a partir del 25 de mayo. En estas dos últimas opciones será necesario pedir cita previa.

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