El Tribunal Supremo anula el Plan de Calidad del Aire por Ozono de Castilla y León por falta de medidas concretas

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del Plan de Calidad del Aire por ozono de Castilla y León y otorga a la Junta un plazo de seis meses para elaborar un nuevo documento que detalle medidas específicas para cada zona afectada.
CyL11 de abril de 2026RMLRML
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La sentencia, con fecha de 10 de abril de 2026, desestima el recurso de casación de la administración autonómica contra el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 2023. La resolución judicial concluye que el plan aprobado en 2021 incumple la normativa vigente al omitir diagnósticos y soluciones diferenciadas para las distintas áreas del territorio. En concreto, la justicia exige que el nuevo texto identifique con precisión las fuentes de emisión, los objetivos cuantificados de reducción de contaminantes y un calendario de aplicación efectivo para cada demarcación.

El conflicto jurídico se remonta a 2010, año desde el cual se han superado los límites legales de ozono troposférico permitidos para la protección de la salud y la vegetación. La Junta de Castilla y León se vio obligada a redactar el plan ahora anulado tras varias sentencias condenatorias en 2018 y 2020. Hasta ese momento, el ejecutivo regional había condicionado su actuación a la previa existencia de un plan nacional, argumento que el Tribunal Supremo ya rechazó al recordar que la protección de la atmósfera es una competencia autonómica propia.

Las zonas que requieren una intervención inmediata suman 75.000 kilómetros cuadrados y afectan a 1.700.000 habitantes. Entre las demarcaciones que presentan incumplimientos legales se encuentran las aglomeraciones urbanas de Valladolid y Salamanca, así como las zonas rurales de Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche, y Soria y Demanda. El tribunal subraya que el ozono presenta comportamientos distintos en entornos rurales y urbanos debido a la orografía y a las fuentes de contaminación, lo que invalida el uso de un plan único y genérico para toda la comunidad.

La inacción administrativa en esta materia conlleva riesgos sanitarios documentados. El ozono troposférico, generado por la reacción entre hidrocarburos y dióxido de nitrógeno bajo la radiación solar, es un factor determinante en el agravamiento de enfermedades respiratorias y cardiovasculares. Datos técnicos vinculan este contaminante con cerca de 300 fallecimientos prematuros anuales en la región. Además del impacto humano, los niveles registrados dañan la productividad agrícola y la masa forestal. La nueva planificación deberá priorizar la reducción de emisiones en el transporte y la industria para ajustarse a los niveles de calidad del aire exigidos por la ley.

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