
Impugnan la autorización para cazar en las zonas quemadas por los incendios de 2025 en León

La formación política ha recurrido la decisión del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, publicada el pasado 12 de febrero, que levanta la suspensión de los aprovechamientos en los cotos situados en áreas gravemente damnificadas. El recurso sostiene que esta medida carece de una justificación técnica y ambiental suficiente, además de considerar que la resolución es contraria a derecho por no contar con la motivación necesaria sobre el impacto en la fauna silvestre.
Los ecosistemas afectados se encuentran todavía en pleno proceso de recuperación tras los siniestros forestales de 2025. La reapertura de la caza en estos puntos puede agravar la situación de diversas especies que ya sufren la pérdida de hábitat, la escasez de refugio y una drástica reducción de sus recursos tróficos. Según los criterios técnicos manejados por la formación, la naturaleza requiere un periodo mínimo de cinco años para iniciar su regeneración, por lo que autorizar la actividad cinegética solo un año después del fuego contraviene el principio de precaución.
El escrito de impugnación también denuncia la ausencia de procedimientos de información y participación pública. Este requisito es obligatorio para decisiones con potencial impacto ambiental, tal como establecen la normativa estatal y el Convenio de Aarhus. La falta de transparencia en el proceso administrativo es uno de los puntos centrales del recurso, que busca garantizar el acceso ciudadano a las decisiones que afectan directamente al medio ambiente y a la conservación de la biodiversidad regional.
Permitir la captura de piezas en zonas recientemente calcinadas dificulta que las poblaciones de fauna alcancen los niveles previos al desastre. La formación ha solicitado formalmente a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal que revoque la resolución y mantenga la veda en todos los terrenos afectados. Esta iniciativa se suma a otros precedentes jurídicos donde el colectivo ya logró paralizaciones cautelares similares en el pasado.
Por el momento, la administración autonómica no ha emitido una respuesta oficial sobre la suspensión cautelar solicitada en el recurso. La resolución impugnada, de fecha 3 de febrero de 2026, permanece vigente mientras no se produzca un pronunciamiento administrativo o judicial en sentido contrario que obligue a reimplantar la prohibición de caza en los montes leoneses afectados.


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