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El Tribunal Superior de Justicia ordena repetir el juicio contra el expresidente de AMBI

El alto tribunal anula la absolución dictada por la Audiencia de León al detectar un déficit de motivación y la omisión de pruebas en el caso por presuntas coacciones a trabajadores.
Provincia18 de febrero de 2026RMLRML
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de León que absolvía al expresidente de la Asociación de Minusválidos del Bierzo (AMBI) y COCEMFE de un delito contra los derechos de los trabajadores. La resolución judicial estima los recursos presentados por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, ordenando la repetición íntegra del juicio oral ante un tribunal compuesto por magistrados diferentes a los que dictaron el fallo original.

La decisión del alto tribunal se fundamenta en la existencia de errores en la valoración del material probatorio. Según la sentencia, se produjo una omisión de pruebas que podrían acreditar los hechos denunciados por las acusaciones, lo que deriva en una falta de motivación suficiente en la sentencia absolutoria inicial. El tribunal considera necesario el cambio de magistrados para garantizar la imparcialidad del proceso, evitando que el criterio previo de los jueces de primera instancia influya en la nueva vista.

Los hechos que originaron la causa se remontan a un periodo comprendido entre los años 2006 y 2018. Varios empleados de la asociación denunciaron que el entonces presidente les obligaba a ceder mensualmente una parte de sus salarios a la entidad. El argumento esgrimido por el acusado era que dichas contribuciones resultaban imprescindibles para garantizar la viabilidad económica de las asociaciones y el mantenimiento de los puestos de trabajo de la plantilla.

De acuerdo con los testimonios recogidos en el proceso, los trabajadores accedían a estas entregas de dinero bajo coacción. Los denunciantes sostienen que existía el temor generalizado de que, en caso de negarse a realizar las aportaciones, sus contratos laborales no serían renovados. Tras la anulación de la primera sentencia, el caso regresará a la Audiencia Provincial para una nueva valoración de los testimonios y las pruebas documentales que el tribunal superior considera que no fueron tenidas en cuenta debidamente.

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