El TSJCyL confirma dos años de prisión para dos bercianos por cobrar una reforma que apenas ejecutaron

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta a dos bercianos, un hombre y una mujer, propietarios de una empresa de construcción, por un delito de estafa con agravante de reincidencia. La resolución ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León por unos hechos ocurridos en 2021 en el marco de una reforma de vivienda que no llegó a finalizarse.
Provincia13 de febrero de 2026RMLRML
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El caso se centra en un contrato para reformar una vivienda por el que el propietario abonó más de 50.000 euros. La sentencia considera acreditado que los condenados solo ejecutaron alrededor del diez por ciento de los trabajos comprometidos. Ante la falta de avance de la obra, el cliente presentó denuncia, lo que dio origen al procedimiento penal que ahora queda respaldado por el alto tribunal autonómico.

La Audiencia Provincial de León condenó a ambos a dos años de prisión y fijó una responsabilidad civil de 45.600 euros. La pena incorpora la agravante de reincidencia, al constar condenas previas por otros delitos de estafa. El Tribunal Superior ratifica ese criterio y mantiene íntegramente el pronunciamiento de la instancia.

Los condenados recurrieron la sentencia alegando vulneración e infracción del ordenamiento jurídico, con tres líneas principales de impugnación. Por un lado, defendían que existía un error en la calificación jurídico-penal de los hechos. Por otro, cuestionaban la valoración de la prueba realizada por la Audiencia. Además, sostenían que se había aplicado de forma indebida la atenuante de dilaciones indebidas, al considerar que debía tenerse en cuenta de manera distinta.

El Tribunal Superior rechaza la apelación y sostiene que los hechos están probados en los términos fijados en la sentencia recurrida. Con esa valoración, la Sala considera que el relato fáctico permite encajar la conducta en el delito de estafa por el cobro de una obra que no se ejecutó en el porcentaje acordado y por la ausencia de finalización de la intervención pese a los pagos recibidos.

La decisión del TSJCyL consolida el fallo condenatorio de la Audiencia Provincial de León y mantiene tanto las penas de prisión como la obligación de resarcimiento económico. El pronunciamiento también confirma la consideración de reincidencia, al apreciarse antecedentes por delitos del mismo tipo, y deja firme, en los términos recogidos, la respuesta penal a un conflicto que se inició como un encargo de reforma doméstica y terminó en sede judicial por el incumplimiento sustancial de los trabajos.
 
 
 

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