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Entra en vigor una modificación del Convenio de Berna.
Mundo07 de marzo de 2025Este viernes entró en vigor una modificación del Convenio de Berna que rebaja el estatus de protección del lobo en Europa (salvo en Chequia, Mónaco y Reino Unido), al pasar de ser una especie protegida y no estrictamente protegida, lo que abre la puerta a modificar la Directiva Hábitats para matar poblaciones de ese gran carnívoro.
Ese cambio no afecta a España, puesto que el lobo ibérico es una especie protegida en todo el país desde el 22 de septiembre de 2021, momento en que entró en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre) y en que dejó de ser cinegética al norte del Duero, con lo que su caza deportiva está prohibida en todo el país.
El Comité Permanente del Convenio de Berna adoptó el pasado 6 de diciembre una propuesta presentada por la UE para modificar el estatus de protección del lobo (Canis lupus) de "especie faunística estrictamente protegida" (Apéndice II) a "especie faunística protegida" (Apéndice III).
Esta decisión, que implicaba una reducción del nivel de protección, debía entrar en vigor tres meses más tarde, a menos que se opusiera a ella al menos un tercio de las Partes en el Convenio.
Durante este período de tres meses de objeción, tres países del Convenio de Berna presentaron oficialmente objeciones (Chequia, Mónaco y Reino Unido), por lo que la decisión de modificar el estatuto de protección del lobo no se aplica en ellos.
Sin embargo, la decisión entra en vigor desde este viernes para las demás partes del Convenio, según informó este viernes el Consejo de Europa, que es la entidad depositaria del Convenio de Berna.
Fuera de peligro
El Apéndice II del Convenio de Berna proporciona una protección estricta y prohíbe todas las formas de captura, tenencia, matanza y perturbación deliberadas, entre otras restricciones.
En contraste, el Apéndice III, ofrece una protección menor, pero ordena la regulación de la explotación de la especie para evitar el peligro de extinción, implementando medidas como temporadas de veda y regulando la venta, tenencia, transporte y oferta para la venta de animales vivos y muertos.
A pesar del cambio en el estado de protección del lobo, las poblaciones de lobo deben mantenerse o reducirse a un nivel que corresponda a los requisitos ecológicos y científicos de conformidad con el artículo 2 del Convenio de Berna.
Así, sus poblaciones deben mantenerse fuera de peligro y las medidas que deben adoptarse incluirán la prohibición temporal o local de la explotación, según proceda, a fin de restablecer niveles satisfactorios de población.
“Necesitamos al Ejército, es una cuestión de Estado” , insiste el delegado territorial de la Junta.
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