La Audiencia Provincial de León ratifica la absolución de los 16 acusados por el accidente del Pozo Emilio del Valle

El tribunal desestima los recursos de apelación interpuestos contra el fallo que eximió de responsabilidad penal a los directivos y técnicos de la Hullera Vasco Leonesa.
León30 de septiembre de 2026RMLRML
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La Audiencia Provincial de León ha ratificado la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 2 de León que absolvió a los 16 procesados por la muerte de seis mineros en el Pozo Emilio del Valle. El tribunal de apelación ha rechazado las alegaciones presentadas contra el fallo dictado en noviembre de 2025, confirmando la exención de responsabilidad penal por los delitos de homicidio imprudente, lesiones y contra los derechos de los trabajadores.

La resolución judicial desestima de manera íntegra las pretensiones de la acusación pública y de los representantes de los perjudicados. El procedimiento juzgaba el suceso acontecido el 28 de octubre de 2013 en la séptima planta de la explotación minera, donde una masa de gas grisú provocó la muerte por asfixia de los operarios José Antonio Blanco, Juan Carlos Pérez, Roberto Álvarez, Orlando González, José Luis Arias y Manuel Moure.

Entre la nómina de procesados absueltos figuran la antigua cúpula directiva de la empresa minera, encabezada por el entonces presidente Antonio del Valle, el vicepresidente y consejero delegado Arturo del Valle, y el vocal Aurelio del Valle. Asimismo, la decisión judicial exime de cargos a los directores general y facultativo, ingenieros y vigilantes de seguridad de la explotación. La Fiscalía solicitaba para cada uno de ellos tres años y medio de prisión e indemnizaciones por dos millones de euros, mientras que la acusación particular elevaba la petición de cárcel hasta los seis años y medio.

El proceso judicial quedó visto para sentencia el 30 de marzo de 2023 tras ocho semanas de sesiones orales. La acusación basó su exposición en la existencia de supuestos incumplimientos de las normativas de seguridad laboral y prevención de riesgos mineros por parte del cuadro técnico de la compañía. Por su parte, las defensas argumentaron que el desprendimiento gaseoso respondió a una causa fortuita e imprevisible en las labores de extracción subterránea.

La sentencia ratificada exonera de igual modo a las entidades aseguradoras como responsables civiles directas y a la sociedad Hullera Vasco Leonesa como responsable civil subsidiaria. Con esta resolución queda confirmada la vía penal tramitada por la tragedia minera ocurrida en el grupo Tabliza.

"Este artículo ha sido redactado con la asistencia de herramientas de inteligencia artificial para la estructuración del texto y la revisión de estilo, bajo la supervisión y edición final de la redacción."

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