
El Tribunal Supremo confirma la condena de doce años y medio de cárcel a la mujer que envenenó a su expareja en León
RML
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que confirma de manera íntegra la condena de doce años y medio de prisión impuesta a una mujer por intentar asesinar a su expareja sentimental en León. Los hechos juzgados se remontan a junio de 2020, cuando la procesada introdujo una dosis letal de talio -sustancia utilizada comúnmente como raticida- en una barra de chocolate con el propósito de acabar con la vida del hombre. El fallo desestima el recurso de casación de la defensa y valida las resoluciones previas del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y de la Audiencia Provincial de León.
La agresión provocó secuelas físicas severas y crónicas en el perjudicado, quien sobrevivió tras un proceso de recuperación que se prolongó durante 705 días, requiriendo 75 de ellos régimen de hospitalización por perjuicio muy grave. Las lesiones resultantes han derivado en ceguera, cojera manifiesta, marcha lenta que obliga al uso de bastón y afectaciones moderadas en el sistema nervioso. Debido a este cuadro clínico, el hombre tiene reconocida de forma oficial la incapacidad permanente absoluta desde noviembre de 2021.
El tribunal declara probado que la acusada se valió de su hijo común, de siete años de edad, para materializar el envenenamiento en un contexto de deterioro de la relación tras la ruptura de la pareja. La mujer entregó la chocolatina al menor con la instrucción precisa de que él no la consumiera bajo ningún concepto y con la orden de convencer a su padre para que se la comiera, un mandato que el niño ejecutó siguiendo las directrices maternas.
La resolución judicial fundamenta la autoría a través de una valoración conjunta de la prueba indiciaria, rechazando el argumento de la defensa que buscaba analizar cada elemento de forma aislada. Los indicios validados por el tribunal abarcan la mala relación derivada del régimen de visitas de los hijos, el nexo temporal entre la entrega del alimento y la aparición de los síntomas, la compatibilidad médica de la intoxicación con el talio, la exclusión de focos externos de contaminación y la conducta pasiva de la procesada ante el empeoramiento de la salud de la víctima.
La condena impuesta incluye medidas de protección civil y responsabilidad económica. La penada no podrá aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio o de sus lugares de estancia habitual durante un periodo de 22 años y seis meses, quedando suspendida de igual modo la patria potestad sobre sus dos hijos comunes. En el ámbito económico, la sentencia establece una indemnización de 822.592,85 euros para el afectado, a lo que se sumarán los costes de adecuación de la vivienda, además del abono de 152.000 euros a la entidad aseguradora Adeslas Segur Caixa por los gastos asistenciales derivados.


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