Aprobado el nuevo Plan Rector de Uso y Gestión de Picos de Europa en Castilla y León

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que establece el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa en su ámbito de Castilla y León. El documento regula la conservación, el uso público, los aprovechamientos y el desarrollo socioeconómico de este espacio protegido, que incluye población residente en su interior. La medida afecta de forma directa a los núcleos y actividades que se desarrollan dentro del parque en la provincia de León.
Montaña Leonesa11 de diciembre de 2025RMLRML
PICOS DE EUROPA
PICOS DE EUROPA

El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) da cumplimiento a la Ley de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa de 1995, que fija este instrumento como pieza básica para la planificación de la gestión. Su elaboración corresponde de forma conjunta a la Junta de Castilla y León, el Principado de Asturias y Cantabria, puesto que el parque se reparte entre las tres comunidades autónomas. El decreto aprobado concreta el contenido del PRUG para el ámbito territorial de Castilla y León.

El parque nacional, heredero del antiguo Parque Nacional de la Montaña de Covadonga declarado en 1918, integra hoy 20 poblaciones dentro de sus límites. La ampliación formalizada en 2015 fijó una superficie total de 66.030 hectáreas, de las que 23.580 corresponden a Castilla y León, 27.477 al Principado de Asturias y 14.973 a Cantabria. La gestión ordinaria recae en cada comunidad en su territorio, pero el PRUG debe asegurar una planificación coherente que garantice la gestión integral del espacio protegido.

El nuevo plan establece los objetivos de la planificación, los criterios de gestión y la zonificación del parque. Define las normas de actuación en conservación, uso público, aprovechamientos, desarrollo socioeconómico, investigación y educación ambiental. Además, clasifica los usos y actividades en tres grupos: incompatibles con los objetivos del parque, compatibles pero no necesarios para su conservación y compatibles y necesarios para la preservación y gestión del espacio.

El documento fija también las directrices para los programas sectoriales que desarrollarán el PRUG. Entre ellos se incluyen los relativos a conservación de recursos naturales, patrimonio cultural y paisaje, investigación científica, uso público y educación ambiental. Se detallan subprogramas específicos para visitantes y equipamientos, accesibilidad, relaciones con el entorno y participación ciudadana, incluidos los ámbitos de comunicación, apoyo a la comunidad residente y voluntariado.

El plan incorpora criterios de colaboración con otras administraciones e instituciones, así como el marco para la integración de los titulares de derechos afectados por las limitaciones propias de un parque nacional. Prevé el régimen para la supresión de actividades declaradas incompatibles y establece indicadores para el seguimiento del estado de conservación y la evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos fijados.

En aplicación del mandato legal, el PRUG incorpora un Plan Económico y de Compensaciones destinado a apoyar a las personas titulares de actividades cuya forma de desarrollo se vea condicionada por estar dentro del parque nacional. Además, se incluyen instrumentos para la gestión integrada de otras figuras de protección presentes en el ámbito del parque, como la Reserva de la Biosfera de Picos de Europa, las Zonas Especiales de Conservación de Asturias y Castilla y León, la ZEC de Liébana o el Monumento Natural del Sistema del Trave.
 
 
 

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