El Constitucional admite el recurso del Defensor del Pueblo contra la modificación del régimen de protección del lobo

Acepta analizar la inconstitucionalidad de tres disposiciones de la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

España22 de julio de 2025RMLRML
LOBO IBERICO
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El Pleno del Tribunal Constitucional admitió hoy a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Defensor del Pueblo sobre los cambios en la protección y caza del lobo que se introdujeron en la disposición adicional octava, la disposición transitoria única y disposición final decimonovena de la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
Según informan fuentes del TC, los preceptos impugnados por el Defensor del Pueblo modifican el régimen de protección del lobo en España. La disposición adicional octava aborda el control de las especies naturales depredadoras en eficiencia del sistema productivo mientras que la disposición final decimonovena modifica el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, informa Ical.
En su demanda, el recurrente alega que las citadas disposiciones podrían infringir el artículo 24.1 de la Constitución por suponer una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y también el artículo 45 CE por ser contrarias al derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado.
En marzo, el Congreso de los Diputados aprobó con los votos a favor de PP, Vox, Junts y PNV una enmienda a la ley contra el desperdicio alimentario que le retiraba la protección a las poblaciones del lobo al norte del río Duero con lo que se abría la puerta a permitir su caza tras cuatro años de prohibición, por la inclusión de la especie en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Liespre). 
La medida, aprobada inicialmente en el Senado, fue refrendada en la Cámara Baja con 181 votos a favor, 150 en contra y 14 abstenciones. De esta forma, sólo las manadas al sur del Duero se mantuvieron baja la salvaguarda ambiental una vez se publicó y entró en vigor esta ley. 
Esta norma, cuyo objetivo principal es reducir el desperdicio alimentario, establece medidas para fomentar la donación de excedentes por parte de grandes superficies y la obligación de ofrecer tápers en bares, entre otras. Sin embargo, la inclusión de la enmienda que afecta al lobo generó críticas, si bien coincide con un momento en el que la Unión Europea (UE) ha rebajado la protección de la especie.
El conflicto entre el Gobierno, que elevó la protección del lobo en 2021, y las comunidades se ha mantenido durante estos años, si bien en las últimas semanas se ha centrado en el informe sexenal de la especie que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) tiene que enviar a la Unión Europea antes de agosto.
Además, el pasado jueves la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente fue suspendida a través de un correo electrónico en el que el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, se remitía a la petición que le había hecho llegar a Transición Ecológica la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica.

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