El Tribunal Superior de Justicia ratifica cuatro años y siete meses de cárcel para un hombre por agredir a la hija de su pareja en León

La Sala de lo Civil y Penal confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de León al desestimar el recurso de apelación presentado por el acusado.
CyL25 de septiembre de 2026RMLRML
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena de cuatro años y siete meses de prisión para un hombre como autor de un delito continuado de agresión sexual cometido contra una menor de 16 años en León. Los hechos tuvieron lugar cuando la víctima contaba entre diez y doce años de edad y el procesado convivía en el mismo domicilio con la afectada y con su madre, con quien mantenía una relación sentimental.

El fallo de la Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso interpuesto por la defensa del acusado, que alegaba la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, insuficiencia probatoria y un error en la valoración del material aportado durante la vista oral. Sin embargo, el tribunal ha considerado firme y consistente la prueba de cargo, calificando la evaluación de la Audiencia Provincial de León de lógica, razonable y ajustada a las reglas de la experiencia.

La resolución judicial remarca que la víctima mantuvo una declaración constante durante todo el trámite procesal. Dicho testimonio cuenta con el respaldo comprobado de las declaraciones de sus padres, su hermano y una profesora de la menor, además de los informes periciales elaborados para la causa. Asimismo, la sala ha descartado cualquier indicio de venganza o rencor en la actuación de la agredida, desestimando la hipótesis planteada por la defensa sobre un posible intento de cambiar de residencia para trasladarse con su padre biológico.

A la pena privativa de libertad se suman las prohibiciones de aproximación y de comunicación con la agredida durante un periodo de cuatro años y siete meses. El condenado deberá cumplir igualmente dos años de libertad vigilada tras la salida de prisión y afrontar el pago de una indemnización económica de 5.000 euros a favor de la víctima por los daños causados. La resolución no es firme y cabe la posibilidad de interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

"Este artículo ha sido redactado con la asistencia de herramientas de inteligencia artificial para la estructuración del texto y la revisión de estilo, bajo la supervisión y edición final de la redacción."

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