Aprobada la concesión del tercer grado penitenciario para el empresario minero Victorino Alonso tras cumplir un tercio de su condena

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha otorgado el régimen de semilibertad al industrial minero al haber extinguido el periodo mínimo de reclusión exigido por la normativa penal vigente.
España22 de mayo de 2026RMLRML
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El recluso, que permanecía ingresado en el centro penitenciario de Soto del Real desde septiembre de 2023, ha accedido a la flexibilización de su tratamiento penal tras acreditarse el cumplimiento de los requisitos objetivos regulados en el Reglamento Penitenciario. La propuesta formulada por la junta de tratamiento de la prisión madrileña fundamenta la medida en la evolución favorable del interno, la ausencia de antecedentes conflictivos intramuros y el pago de parte de las responsabilidades civiles fijadas en sede judicial de forma previa a su ingreso en prisión.

La condena que motivó su encarcelamiento procede de una sentencia de la Audiencia Provincial de León, ratificada posteriormente de forma íntegra por el Tribunal Supremo. El fallo impuso al empresario una pena de cuatro años de prisión por un delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente. Las investigaciones judiciales demostraron que las empresas del grupo industrial desarrollaron labores de extracción de carbón a gran escala sin disponer de las correspondientes licencias urbanísticas ni de las declaraciones de impacto ambiental preceptivas en el paraje de la explotación minera.

Las obras extractivas ejecutadas afectaron de forma directa a espacios protegidos integrados en la Red Natura 2000 dentro del término municipal de Cabrillanes. El espacio natural degradado por los movimientos de tierras y las excavaciones a cielo abierto albergaba hábitats de interés comunitario y áreas de campeo de especies catalogadas en peligro de extinción, como el urogallo cantábrico y el oso pardo. El proceso judicial acumuló más de una década de tramitación administrativa antes de derivar en la orden firme de reclusión.

El nuevo estatus penitenciario permitirá al penado abandonar el recinto carcelario para realizar actividades laborales o de voluntariado coordinadas por los servicios sociales, quedando obligado a regresar al centro o a un establecimiento de inserción social para cumplir los periodos de pernocta establecidos. La resolución de la administración penitenciaria es firme en la vía administrativa, si bien los servicios de inspección y el juzgado de vigilancia penitenciaria mantendrán la tutela del programa individualizado de tratamiento asignado al empresario en esta nueva fase de cumplimiento.

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