
El TSJ anula la tasa de basura del Ayuntamiento de León por defectos de forma
RML
La sentencia concluye que el Consistorio no respetó los 30 días hábiles de exposición pública que establece la normativa, dejando el trámite en 29 jornadas. Este defecto de forma determina la nulidad de pleno derecho de la ordenanza, que unificaba en un único recibo las tarifas de recogida de basuras y de tratamiento de residuos. El recurso fue presentado por Escuelas Católicas de Castilla y León.
El fallo se suma a otros reveses judiciales sufridos por el Ayuntamiento en los últimos años y coloca al equipo de gobierno ante la disyuntiva de acatar la resolución y diseñar una nueva liquidación de recibos, o recurrir al Tribunal Supremo, con el riesgo de tener que reintegrar posteriormente la totalidad de lo recaudado. La normativa contempla que, en caso de nulidad, vuelva a aplicarse automáticamente la ordenanza anterior.
El alcalde José Antonio Diez reconoció que la devolución de recibos supondrá al menos un desfase de medio millón de euros, aunque en la comisión municipal se manejan cifras que podrían elevar ese perjuicio a varios millones. Además de la devolución, será necesario notificar a los vecinos y volver a emitir los recibos correspondientes, lo que incrementará los costes administrativos y retrasará los ingresos.
La ordenanza fijaba la cuota en función de los metros cuadrados de viviendas, comercios y oficinas. Para los hogares, contemplaba desde 62,53 euros en pisos de menos de 100 metros hasta 2.574,11 euros en inmuebles superiores a 2.500 metros. En el caso de los comercios, la horquilla iba de 60,67 a 13.249,68 euros, mientras que en oficinas se situaba entre 37,47 y 7.358,27 euros.
El grupo municipal de la Unión del Pueblo Leonés ha exigido responsabilidades políticas por lo sucedido, al considerar que el error de tramitación supone un grave perjuicio económico y un descrédito institucional. La formación sostiene que no basta con devolver los recibos y reclama depurar responsabilidades entre quienes no garantizaron el cumplimiento de los plazos legales.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación, aunque la nulidad decretada por el TSJ condiciona de forma inmediata la gestión del tributo municipal. Mientras tanto, los contribuyentes afectados deberán esperar a que el Ayuntamiento determine cómo se regularizarán los pagos de este año.


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