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Con la colocación de una placa en la calle donde se ubicó la vivienda familiar.
Ecologistas en Acción de León facilita modelo de alegaciones, que se pueden presentar hasta 20 de enero, para volver a rechazar el “Proyecto Regional Parque Medioambiental de Tratamiento de Residuos de San Justo de la Vega”. Este proyecto es en realidad un macro vertedero, que contempla la construcción de dos nuevos vasos de vertido con capacidad para 5 millones de toneladas de residuos industriales, de las que un millón serán residuos peligrosos.
Provincia23 de diciembre de 2024La Consejería de Medio Ambiente que preside el leonés Juan Carlos Suarez-Quiñones, vuelve a aprovechar un periodo vacacional, esta vez la Navidad, para reiniciar la tramitación ambiental de este “proyecto regional” innecesario que convertirá la Maragatería en sumidero de basura industrial peligrosa que la provincia de León no produce.
El proyecto es inaceptable, en primer lugar por su ubicación, dado el riesgo de contaminación con sustancias tóxicas y peligrosas de las masas de agua, superficiales y subterráneas, que conlleva la construcción de estos nuevos vertederos, situados junto al CTR, entre dos arroyos (afluentes de los ríos Tuerto y Órbigo) y sobre el acuífero detrítico terciario del Tuerto-Esla, caracterizado por su elevada permeabilidad. El potencial impacto negativo sobre el medio ambiente y la salud humana es evidente.
El promotor ha tenido que modificar el proyecto, como consecuencia del informe desfavorable del Servicio de Residuos y Suelos Contaminados de fecha 22 de septiembre de 2023, que se facilitó a los interesados en el trámite de audiencia, abierto durante 10 días el pasado mes de julio 2024; y que ahora, en la información pública del proyecto modificado, se oculta al público en general.
En el documento modificado desaparece la gestión de residuos de construcción y demolición; pero se mantienen los vertederos de residuos industriales no peligrosos RINP y peligrosos RIP, con la misma solución constructiva, dimensión y capacidad total (2.744.679 m3 y 796.136 m3 respectivamente). El vertedero de RINP prolongará su vida útil como mínimo hasta los 25 años.
Sigue faltando la documentación sectorial que acredite el cumplimiento de las condiciones de autorización de los vertederos, establecidas en el RD 646/2020. El promotor sigue sin aportar estudio sobre riesgo de inundaciones validado por el Instituto Geológico y Minero de España (IGME). Tampoco consta el informe, preceptivo y vinculante, emitido por la CHD a la luz de los estudios hidrológicos e hidrogeológicos que el Organismo de cuenca considere pertinentes; y falta también el Informe preceptivo del IGME sobre requisitos de ubicación.
Sin los informes favorables de la CHD y del IGME, no hay garantías de que la ubicación y el diseño de los vertederos sean adecuados. Si, como en este caso, el terreno carece de impermeabilidad natural, no se puede asegurar que la barrera artificial de 0,5 m de espesor, proyectada con idénticas características para los vertederos de residuos industriales peligrosos y no peligrosos, cumple las condiciones de protección del suelo y de las aguas impuestas por el RD 646/2020, el cual obliga a ejecutar cuando no existe barrera natural, una barrera artificial de 5 metros de espesor.
Ecologistas en Acción ha registrado un escrito volviendo a solicitar (por cuarta vez) que se paralice la tramitación del procedimiento, al menos hasta que se complete la documentación del expediente y comprenda todos los informes evacuados, desde el inicio de su tramitación, por los organismos y administraciones competentes.
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