
Absueltos la alcaldesa de Fabero y dos trabajadores municipales de un delito de prevaricación

Según el juez, no ha quedado probado "más allá de toda duda razonable" que los dos funcionarios, como miembros de la Comisión de Selección para la contratación temporal de personal laboral del Ayuntamiento de Fabero, designaran y propusieran la contratación de tres personas, según recoge la sentencia.
Tras la denuncia de un concejal del grupo municipal de Ciudadanos en Fabero, la sala no cree que esas contrataciones se realizaran "sin que las mismas tuvieran los méritos y la capacidad profesional o laboral necesarios o sin que cumplieran con los requisitos singulares exigidos".
El magistrado entiende que tampoco ha quedado acreditado que la alcaldesa del Ayuntamiento de Fabero "ordenara, sugiriera o diera instrucciones a los miembros de la Comisión de Selección para que procedieran a designar a estas personas para su contratación temporal como personal laboral favoreciéndoles frente a otros solicitantes de la bolsa de empleo".


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