
Boñar solo reacciona con apercibimiento: responde al Procurador y sigue mud@ con los vecinos
RML
La recepción de la documentación y el levantamiento de la condición de entidad “no colaboradora” han quedado formalizados por el Procurador del Común. El expediente, sin embargo, continúa abierto y su tramitación sigue en curso, por lo que el fondo del asunto no se da por cerrado con esta remisión.
El contexto es relevante. La actuación municipal llega después de una fase en la que la falta de colaboración con los requerimientos del Procurador se había reiterado. El último apercibimiento y la previsión de reflejar el caso en el informe anual dirigido a las Cortes de Castilla y León y a la Junta han funcionado como elemento de presión institucional. En términos coloquiales, el gobierno local ha hecho una “recogida parcial de carrete”: se mueve cuando el coste reputacional e institucional se eleva, pero no adopta el mismo estándar de respuesta con la ciudadanía.
A esa pauta se suma un rasgo de gestión que se repite en el plano local: la preferencia por las explicaciones de palabra. El alcalde tiende a anunciar tareas o intenciones en declaraciones verbales, sin trasladarlas después al circuito completo de expedientes, decretos, informes y respuestas motivadas. La diferencia no es menor. Lo dicho se lo lleva el aire; lo registrado deja huella, fija plazos, permite control y obliga a sostener con documentos lo que se afirma. Cuando se evita el papel y se sustituye por lo oral, se amplía el margen para decisiones sin trazabilidad y se reduce la capacidad de fiscalización ciudadana.
Ese contraste tiene implicaciones claras en el plano jurídico-administrativo. La administración local está sujeta al deber de resolver expresamente y notificar en plazo las solicitudes formuladas por registro, con independencia del sentido de la respuesta. No contestar no equivale a “no tener nada que decir”: bloquea el acceso a información, impide verificar actuaciones y debilita el control democrático sobre la gestión pública. Cuando la omisión se convierte en pauta, la responsabilidad deja de ser técnica y pasa a ser política, porque la decisión de no responder se gestiona desde el mando.
La secuencia, además, desmonta un argumento habitual. Si el Ayuntamiento ha podido recopilar y remitir documentación a una institución garante de derechos, resulta difícil sostener que sea inviable atender peticiones ordinarias presentadas por escrito por un ciudadano o un medio. En estos casos, lo determinante ya no es la existencia de la información, sino el criterio de acceso y la voluntad real de transparencia. Y cuando se responde hacia arriba pero se guarda silencio hacia abajo, lo que queda en evidencia es una asimetría de trato que erosiona la confianza pública.
La remisión al Procurador no clausura el caso. Al contrario, fija un rastro administrativo con fechas y registros que estrecha el margen para la ambigüedad: hay documentación remitida, hay un expediente vivo y hay seguimiento institucional. Todavía no ha trascendido el detalle de lo aportado ni si permitirá despejar los extremos esenciales que siguen pendientes de aclaración en sede municipal.
Boñar ha dado un paso para salir del foco del registro de “no colaboración”. Pero mientras persista el silencio ante solicitudes registradas de la ciudadanía y de este medio, el problema de fondo permanece: rendir cuentas con respuestas motivadas, plazos cumplidos y documentación accesible, no solo cuando el apercibimiento llega desde una institución de garantías.


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