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title: "La Audiencia Provincial de León absuelve a los acusados del presunto fraude del carbón tras anular las pruebas principales"
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description: "La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha absuelto a las empresas Hullera Vasco-Leonesa, Transportes Peal y Restauraciones Mineras, junto a cinco acusados, al declarar nulos los registros por vulnerar el derecho a la inviolabilidad del domicilio."
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date_published: "2026-09-21T18:46:00+02:00"
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  - "HULLERA VASCO LEONESA"
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# La Audiencia Provincial de León absuelve a los acusados del presunto fraude del carbón tras anular las pruebas principales

![La_Robla_-_Sociedad_Anónima_Hullera_Vasco_Leonesa_(SAHVL)_1](/download/multimedia.miniatura.891870d505c85495.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

*HULLERA VASCO-LEONESA - LA ROBLA*

La resolución judicial resuelve la causa abierta por presuntos delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental entre 2011 y 2013, en la que se investigaba la supuesta venta de carbón de explotaciones a cielo abierto haciéndolo pasar por mineral de mina subterránea para obtener mayores subvenciones. Para algunos de los procesados, entre los que figuran los empresarios de la familia Del Valle, se solicitaban penas superiores a los trece años de prisión y multas de seis millones de euros.

El fallo sustenta la absolución generalizada en la nulidad de las entradas y registros efectuados en las sedes de la Hullera Vasco-Leonesa y Transportes Peal, además de en el centro de proceso de datos de La Robla. El tribunal invalida estas actuaciones al constatarse que el auto referente a la Vasco-Leonesa ya fue anulado por el Tribunal Supremo en 2019, mientras que el registro en Transportes Peal careció de una motivación suficiente sobre la necesidad y proporcionalidad de la medida. En el caso del centro informático de La Robla, la persona que autorizó el acceso carecía de legitimación legal para dar el consentimiento.

La invalidez de estos registros supone la exclusión directa de toda la documentación obtenida y de las pruebas derivadas. Entre el material descartado figuran los informes de la Agencia Tributaria que sustentaban la hipótesis de la mecánica defraudatoria y los cálculos del dinero presuntamente defraudado. Durante el juicio oral, un inspector reconoció que sin la información incautada en Transportes Peal y La Robla resultaba imposible mantener las conclusiones de la acusación o cuantificar las cuotas impagadas.

La Audiencia Provincial concluye que la prueba restante resulta insuficiente para acreditar la existencia de un sistema organizado para alterar la producción de mineral, la llevanza de una doble contabilidad o la emisión de facturación ficticia. Al reputarse ilícita la prueba nuclear, quedar contaminada la derivada y resultar insuficiente el resto del material probatorio, el tribunal determina que no ha quedado acreditada la comisión de hecho delictivo alguno ni la participación de los acusados.

*"Este artículo ha sido redactado con la asistencia de herramientas de inteligencia artificial para la estructuración del texto y la revisión de estilo, bajo la supervisión y edición final de la redacción."*

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