Ecologistas en Acción recurrirá la concesión otorgada a SOMACYL en la última Junta de Gobierno del Ayuntamiento de León

El Equipo de Gobierno cierra con esta decisión, controvertida y polémica, una legislatura que, para Ecologistas en Acción, se ha caracterizado por la falta de transparencia y de diálogo.
Se ceden, a última hora, terrenos y viales públicos sin que se haya presentado documentación técnica que explique y justifique los proyectos a concesionar: central térmica y circuito urbano asociado, instalaciones de producción de hidrógeno y biogás y planta solar fotovoltaica.
En la documentación con la que se ha tramitado la concesión, ni siquiera consta la potencia térmica nominal total de la central de biomasa, y ese dato es esencial porque determina el régimen de autorización del proyecto a efectos ambientales, que a su vez condiciona la viabilidad urbanística del proyecto y la propia concesión, que se ha otorgado "a ciegas".
Si como ha publicado la prensa, la potencia de la central de biomasa puede alcanzar los 75 MW, sería una “gran instalación de combustión”, según el reglamento de emisiones industriales (RD 815/2013), y por ese motivo, necesita autorización ambiental integrada, que es previa a cualquier otro permiso.
La Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León determina que “El otorgamiento de la autorización ambiental precederá a las autorizaciones sustantivas, licencias u otros medios de intervención administrativa… también precederá a la licencia urbanística cuando la actividad prevista pretenda ubicarse en suelo rústico” (Art. 10). Según la misma Ley, la central de biomasa también está sujeta a evaluación de impacto ambiental simplificada.
Por otro lado, el objeto de la concesión es la parcela “Soto de Santa Olaja” cuyos terrenos tienen la categoría de Suelo Rustico de Protección Natural en el PGOU de León. Al respecto, el Reglamento de Urbanismo de CyL establece el régimen de uso del suelo rustico y prohíbe los usos industriales en el suelo rústico de protección natural. Siendo la central térmica de biomasa una gran instalación de combustión, con una potencia de más de 50 MW, su implantación en el “Soto de Santa Olaja” queda prohibida por el PGOU de León.
Es decir, en tanto en cuanto no se modifique el PGOU, se tramite Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada de la central de biomasa y se otorgue Autorización Ambiental Integrada a dicha instalación, es extemporáneo y contrario a lo legalmente establecido aprobar, como se ha aprobado ayer, la concesión demanial directa a SOMACYL de los terrenos y viales públicos que requiere la ejecución del proyecto de la red de calor de León.
Además, sin planos del conjunto de los proyectos del denominado “parque de tecnologías renovables”, sin planos de detalle de todas las obras a realizar en el “Soto de Santa Olaja”, y sin pliegos técnicos y clausulas administrativas del conjunto de actividades a desarrollar por SOMACYL, la concesión incumple la legislación que regula el uso de los bienes de dominio público, concretamente el Reglamento de Bienes de las Entidades locales.
Ante este cúmulo de incumplimientos legales, no es exagerado calificar la concesión demanial directa otorgada a SOMACYL, de auténtica desfachatez desde el punto de vista procedimental. Una “estafa ambiental" perpetrada con recochineo, que está Asociación tiene la intención de recurrir en vía administrativa y judicial.